domingo, 27 de febrero de 2011

sábado, 26 de febrero de 2011

HISTORIAS DEL PUEBLO DE COIN ,PARA NO OLVIDAR NUMERO 5º

POSICIÓN de CxCOIN :
1º ) Apoyo a la industrias de la dolomía para transformarla en Coin y generar  puestos de trabajo directos en Coin.
2º ) No a la ampliación a 70 hectáreas
3º ) No a la renovacion del acuerdo con una duración de 20 años y dos años antes de que finalice el convenio actual.
4º ) SI  a la declaración de lesivo para los intereses del pueblo de Coin, el convenio que han firmado actualmente ,comprometiendonos a derogarlo y declararlo NULO,
 

Carta dirigida  a:                                                                                                             

D. José Luis Rodríguez Zapatero, D. José Antonio Giñan , D. Mariano Rajoy y D. Javier Arenas.
Muy Sres. míos:
 Ruego se permitan y me concedan unos minutos para atender esta carta.                                                            
Comprendo que quizás estén muy ocupados pero lo que quiero contarles puede aportar un grano de arena para intentar apostar por el cambio del modelo productivo que tanto preconizan ustedes en sus discursos.
En primer lugar quisiera presentarme; soy un ciudadano andaluz de 52 años de edad de un pueblo de Málaga llamado Coín, médico de profesión, militante Andalucista y sobre todo preocupado porque nuestro pueblo andaluz y español salga de la crisis que todos padecemos.
En este pueblo maravilloso en donde vivo, la crisis economica ha  producido un aumento considerable del paro, como en casi todos los pueblos de nuestra geografía , pero aquí a diferencia de otros  disponemos de un recurso UNICO en el mundo (al menos así lo entiendo yo) cual es la DOLOMIA, mineral que es posible que ustedes conozcan , pero si no lo conocen les informo que este mineral es extraído de nuestras montañas y de nuestra tierra por ciertas empresas, fundamentalmente dos, PRODOMOSA y CANTERO Y GARRIDO.                                                   
Este mineral es extraído y exportado a numerosas comunidades españolas y en otros casos a países europeos donde allí es transformado en diversos materiales: pinturas, cristales, cerámicas …etc  (sus técnicos podrán informarles aún más de lo valioso de este mineral y de la cantidad de usos que puede tener).
Tras este proceso de transformación es devuelto a España con la consiguiente plusvalía que ello genera.
De todas maneras, me van a permitir que les envíe cierta información que les puede ser de utilidad, la cual les hago llegar además en un archivo adjunto.
Es la siguiente:
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DOLOMÍA
1.- PANORAMA NACIONAL
La dolomía es un carbonato doble de calcio y magnesio que forma una serie de transición continúa Con las calizas. Tiene innumerables aplicaciones industriales: como árido de machaqueo para construcción,En la industria química, como roca ornamental, para la fabricación de cerámica, vidrio, pinturas (Blanco de
España), cargas blancas, refractarios, fundente siderúrgico y como corrector de acidez de suelos agrícolas.
Las especificaciones del mineral dependen del uso a que se destine. En general, se consideran Impurezas la sílice, el hierro y la alúmina.
La dolomía cruda se consume normalmente molida, refiriéndose sus especificaciones al índice de Blancura, composición química y tamaño de grano.
Sus aplicaciones son muy diversas:
En la industria química, en la producción de cromatos y el refinado de azúcar
En la del vidrio, como estabilizante para disminuir la tendencia a la desvitrificación
En la industria cerámica, actúa como fundente y en la fabricación de “fritas” y esmaltes
En agricultura, para neutralizar suelos ácidos y como aporte de Mg
Como abrasivo, en el pulimentado de ciertos metales.
Otros productos comerciales son: la dolomía calcinada y la dolomía calcinada a muerte, sinterizada o aglomerada.
La dolomía calcinada se produce a una temperatura entre 600º y 900º. Su utilización principal es:
En siderurgia, como fluidificante de escorias y para disminuir la agresividad del arrabio sobre los Refractarios básicos con que se forran los hornos
En agricultura, como corrector de suelos
En la fabricación de celulosa, como aporte de magnesia
Para la obtención de Mg metálico
La dolomía calcinada a muerte o sinterizada se produce por calcinación, a temperaturas próximas a
1700º; la aglomerada o peletizada se produce por doble calcinación, primero se calcina a baja temperatura, después se muele y peletiza el producto y, por último, se calcinan los pelletes a 1400º - 1500º. Para este proceso se utiliza la mejor dolomía, en general con > 39% de MgO y < 1% de impurezas.
La mayoría de la producción se destina a la fabricación de diversos tipos de refractarios básicos.
1.1.- PRODUCCIÓN MINERA
Los datos de producción nacional de la dolomía presentan bastantes contradicciones, entre los que se reflejan en la Estadística Minera y los suministrados por las diferentes empresas del sector. Esto puede ser
debido a la diferente sectorización del producto dentro del mercado, dando lugar a problemas en el ajuste de las cifras.
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En el Panorama Minero, y dentro del capítulo presente, vamos a referirnos únicamente a la dolomía con aprovechamiento industrial fuera del sector de la construcción (hormigones, viales, terrazos, derivados del cemento, piedras para escollera, etc.) y de la roca ornamental.
Los datos oficiales suministrados por el MINER, en cuanto a producciones para el año 1995, son de 763 330 t que representan un valor de 582 MPTA; lo que supone una disminución del 30% en volumen y del 5% en valor económico con respecto al año anterior.
Existen 32 explotaciones dentro de los sectores de los aglomerantes, productos cerámicos, diversos industria del vidrio, química básica, metalurgia básica, arenas de moldeo y cargas) y otros.
El gráfico que se adjunta detalla los diferentes utilizaciones industriales de la dolomía.
_APLICACIONES INDUSTRIALES
Otros 4,9% Aglomerantes 3,6% Cargas 8,2% Metalurgia 22,7% Vidrio 17,4% Cerámica 19,9% Refractarios 23,3%
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística Minera
La empresa Productos Dolomíticos de Málaga (PRODOMASA), posé dos canteras en Coín y tres plantas de procesado, produciendo 520 000 t/año de varios tipos de productos dolomíticos. El 28% de esta producción se destina a la industria química, el 40% a usos diversos (39%) y un 8% se comercializa como áridos. PRODOMASA posee una planta de micronizado de 50 000 t/año y exporta el 50% de la producción.Tudela Veguín, ubicada enAsturias, dispone de una cantera propia en producción y otra arrendada a la antigua ENSIDESA. Comercializa, preferentemente, dolomía calcinada para la siderurgia integral; habiendo vendido unas 90 000 t, de las cuales el 85% va a la siderurgia y el 15% restante se reparte entre la agricultura y otras aplicaciones.
Productos Dolomíticos, S.A. cerró, a principios de año, su planta de Avilés.
El Grupo CALCINOR explota canteras en Bueras (Cantabria) y Peñas Negras (Castellón).
277
COMERCIO EXTERIOR DE LA DOLOMÍA (t y 103 PTA)
PRODUCTO IMPORTACIONES EXPORTACIONES
1993 1994 1995 1993 1994 1995
Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor Cantidad Valor
1.2.- COMERCIO EXTERIOR
El comercio exterior de la dolomía para usos industriales, viene recogido en las Estadísticas deComercio Exterior en el Capítulo 25 y en la partida 2518. El cuadro que se incluye recoge los datos de importaciones y exportaciones de la dolomía para usos industriales, descontados los correspondientes a construcción y a roca ornamental.
En las importaciones de dolomía cruda se observa un descenso de volumen de un 32%, mientras que la dolomía calcinada experimenta un importante aumento de casi el 600% y del 170% la dolomía aglomerada.
Las exportaciones españolas de dolomía cruda aumentaron un 110% con respecto a 1994, existiendo una cantidad simbólica para el caso de la calcinada (80 t).En la tabla adjunta hay que reseñar que, el 94,5% de las importaciones y el 99,8% de las exportaciones, se realizan con países miembros de la UE. Siendo el balance económico exportaciónimportación claramente favorable a España en unos 165,5 MPTA.
1.3.- PERSPECTIVAS FUTURAS
Los avances tecnológicos se han centrado en la mejora de las técnicas de selección de frentes en cantera, de las técnicas de clasificación granulométrica y de las de eliminación de impurezas.
El mercado de la dolomía demanda tamaños de partícula cada vez más pequeños. En la actualidad,los requisitos ya rondan el 98% de partículas inferiores a 15 mm. Los molinos de alta velocidad con muy poca dispersión de tamaños (entre 1 y 10 mm) parecen ir ganando terreno en el sector.
Y tras todo esto, muchos ciudadanos nos preguntamos ¿cómo es posible que la administración no haga nada por invertir en la transformación de la dolomía en nuestra tierra? ¿Por qué esta industria que podría ayudar a transformar la realidad social de nuestra tierra no se aprovecha aquí?
¿Saben ustedes cual ha sido la inversión en este campo en nuestra localidad?                  Que yo sepa… nada. Aunque estoy seguro de que a través del apoyo a las empresas extractoras se ha colaborado con algo, pero nos volvemos a preguntar…¿es suficiente?. ¿Cómo queremos cambiar el modelo productivo si las inversiones son solo para levantar calles y  arreglar carreteras? que igualmente reconozco son necesarias, dicho sea de paso. Entiendo que el cambio de modelo productivo debe pasar indiscutiblemente por apostar por la industrialización de nuestros pueblos y comarcas, y aquí es donde yo quiero plantearles… ¿es NECESARIO que ustedes que son los que tienen el poder de decidir y el poder de apostar por derivar las inversiones hacia modelos productivos e innovadores, pueden seguir con las políticas de las subvenciones que ayudan evidentemente a dar de comer hoy pero que no facilitan el pan para mañana?.
Quizás me preguntarán por qué mando esta carta y la respuesta es tan sencilla como que ustedes gobiernan Coín (el alcalde es socialista), el delegado de empleo de Málaga, Juan Carlos LOMEÑA,  es coino, el Sr. Griñan y Arenas  seguro que conocen este asunto pues han estado en Coín y seguro que sus correligionarios le han hecho llegar esta inquietud y quizás estas soluciones.
Pero ahora es ya el momento, el momento de apostar de verdad por transformar el sistema productivo de nuestra tierra.
En fin, sólo espero con la remisión de esta carta que reflexionen, y decidan si pueden sobre este pueblo y esta comarca, que tanto necesita de inversiones productivas tras el caos de la crisis del ladrillo, y hagan con sus propuestas realidades para que esta industria se ubique en Coín, se mejore la comarca en su conjunto y en definitiva se transforme una zona necesitada de trabajo y no tanto de subsidios.
Reciban un cordial saludo

Guillermo Álvarez Martín 610.74.63.80  galvarezm@commalaga.com

 
 
AL EXCELENTÍSIMO SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA: CONSEJO DE GOBIERNO  

10.02.2011

IU de Coín presenta un contencioso contra la Ampliación de una cantera

La denuncia busca que se anule la decisión que tomó el Consejo de Gobierno de la Junta durante el pasado mes de septiembre

10.02.11MARI CARMEN JAIME | COÍN.Algunos de los defensores de los espacios naturales en Coín están dispuestos a darlo todo para que no se aumenten los yacimientos que existen en la sierra del término municipal. Al menos eso parece dejar claro la agrupación de IU, quien anunció que ha presentado un contencioso administrativo en contra de la ampliación de la cantera El Puntal, una de las principales explotaciones de dolomía de Andalucía.
Con esta demanda, lo que el partido en la oposición persigue es que se anule la resolución del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, con fecha 28 de septiembre de 2010, mediante la cual se declara «la prevalencia del interés minero sobre el forestal en un espacio de 70,32 hectáreas en el monte público», una resolución con la que están completamente en contra. Así, Coín continúa con la polémica política de los últimos meses debido, sobre todo, a la afección que causará la ampliación de la cantera -aprobada en el pleno del mes de enero- en los montes públicos. Tanto el Ayuntamiento (PSOE y PA) como la Junta se han mostrado a favor de esta operación debido a la «importancia socioeconómica» de la explotación, que genera actualmente cerca de 80 empleos directos y alrededor de 150 indirectos.
Para interponer la denuncia, IU se ha basado en la existencia «de al menos cuatro informes negativos a la ampliación». Así, aseguran que éstos contemplaban que «por las características geológicas de la zona, se producirá una merma en la recarga de acuíferos y en su aportación a los ríos próximos, entre otros el Alaminos». Al respecto, también denuncian «contradicciones entre la documentación de los técnicos y las propuestas de resolución de la Delegación en Málaga de Medio Ambiente». Por otro lado, recuerdan la imposibilidad de participación de asociaciones vecinales o ecológicas en el procedimiento «porque se ha hecho sin informar a ningún colectivo».
Según la administración autonómica, la adjudicataria de la explotación, Prodomasa, ha incorporado nuevos métodos con objeto de rebajar la repercusión sobre el paisaje, entre ellos la organización de zonas extractivas separadas por terreno natural y las restauraciones ecológicas de modo simultáneo a la explotación.
Compensación :El convenio de cesión recientemente firmado recoge varias medidas compensatorias para el municipio, como un canon de alrededor de 490.000 euros, que se abonará cada diez años y cuyo segundo pago estará sujeto a la revisión del IPC además de la creación de un plan de reforestación con vegetación mediterránea que se aplicará a una hectárea por cada hectárea que sea explotada.

10 de febrero de 2011

Ruegos y preguntas de la Coordinadora por la Salud y la Sierra de Coín al Pleno Ordinario del Excmo. Ayuntamiento de Coín de 10 de febrero de 2011


Chema Vázquez Aza, vecino de Coín y portavoz de la Coordinadora.


1.    Señor Clavijo, y resto de miembros del Pleno.
Desde la Coordinadora por la salud y la protección de la sierra de Coín, integrada por Mesa por el Agua de Coín, Fundación García Agüera, Coín en Transición, Asociación Cultural y Medio Ambiental JARA de Coín, Asamblea Local de Izquierda Unida, Asociación de Mujeres y Hombres por la Igualdad de Género, AMHIGÉ-SUR de Coín, Asociación de Montaña Rocadura de Coín, Plataforma Ciudadana del Territorio Alhaurino PECTA, Asociación Acebuche de Alhaurín el Grande, Plataforma en Defensa de la Salud y la Sierra de Alhaurín de la Torre, Ecologistas en Acción de Málaga, Asamblea Ciudadana por la Supervivencia de los Baños del Carmen de Málaga, Asociación Iniciativas de Sostenibilidad Medio Ambiental y Autogestión ISMA de Andalucía, Asociación ÍTACA de Málaga, Asociación Pasos Positivos de Málaga, Asociación África Somos Tod@s de Málaga, y numerosos ciudadanos/as de Coín y la provincia, les rogamos que tomen buena nota de las siguientes preguntas y solicitudes que queremos hacerles, para que las mediten y en el próximo Pleno, les den las oportunas respuestas.
2.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
Tal y como se desprende de los informes técnicos que obran en el expediente, la ampliación no es compatible con la vida animal y vegetal, puesto que se destruye todo el hábitat que tantos años ha tardado en generarse y porque nos importan los puestos de trabajo que esta cantera ha generado, pedimos que se les explique a los trabajadores que, una vez terminada la zona de explotación minera, existe un fondo de compensación que sirve para restaurar la zona degradada y que en esa regeneración se les pueda garantizar el trabajo, probablemente durante algunos años, y que durante ese periodo, reciban cursos de formación, para que se puedan reincorporar en otros puestos de trabajo o que en su caso, se les pueda dar un puesto de trabajo en este Ayuntamiento y así garantizar el futuro laboral a esos 40 puestos de trabajo directos que actualmente existen en la cantera.
3.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
La zona en la que está enclavada la cantera es Monte Publico y por lo tanto no solo de la empresa Prodomasa, sino que es de todos los Coineños y coineñas, y por tanto de toda la humanidad. Exigimos al Ayto. que se le dé a toda la zona de recarga del Nacimiento, desde Sierra Blanca hasta Matagallar una figura de especial protección, tal y como exige la Ley, para así preservarla de cualquier amenaza y que todos los coineños y coineñas, podamos seguir disfrutando del agua del Nacimiento y de todo ese espacio, como zona de esparcimiento lúdico-deportivo.
4.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
Sabemos que el Sr. Clavijo es conocedor de la intención de ampliar la cantera “El Puntal” al menos desde mayo de 2006. Teniendo en cuenta que esta ampliación es a costa del monte público de todo Coín,
¿Informó al resto de Grupos Políticos?
 ¿Cuándo informó a su equipo de gobierno?
¿Informó usted a los colectivos coineños relacionados con estos temas? ¿Informó usted a la ciudadanía?
¿no creen que el Sr. Clavijo debería haber informado a la población de este asunto en estos casi 5 años?
5.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
En junio de 2008, firmó usted, y exclusivamente usted, sin informar a nadie, un documento afirmando textualmente: “Este Ayuntamiento, como titular del monte público, considera que ha de declararse la prevalencia del interés minero de el monte público “La Sierra” sobre el forestal”. En ese mismo documento dice usted conocer el expediente en el que hay al menos 4 informes desfavorables de sendos técnicos de la Delegación en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente.
¿No creen ustedes, que al menos éticamente, y teniendo en cuenta que el proyecto solicitaba el equivalente a 180 campos de fútbol de monte público, debiera el Sr. Clavijo, pensando en las generaciones futuras, haber informado al pueblo?

Concha Goyanes, natural, vecina de Coín y portavoz de la Coordinadora.


1.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
Usted, Sr. Clavijo llegó a Alcalde tras luchar contra el proyecto de campos de golf en el Llano de Matagallar. En esa lucha, afirmaba usted que el Sr. Osorio, Alcalde entonces, había escondido un “papelillo” en que se afirmaba que el proyecto podía afectar negativamente al acuífero de Coín. Pocos años después no solo no informa usted ni a los grupos políticos, ni a las asociaciones ni al resto de ciudadanía de este proyecto en el que los informes técnicos dicen, entre otras cosas “Por las características geológicas de la zona, se producirá una merma en la recarga de acuíferos así como en su aportación a los ríos próximos, entre otros el Alaminos, que a la vez forma parte de un Lugar de Interés Comunitario”, sino que además se atreve a firmar una solicitud, en nombre de todos los coineños y coineñas, dando luz verde a la ampliación de la cantera en 180 hectáreas.
¿dónde se ha quedado su preocupación por el Nacimiento de Coín?
¿O es que acaso lo único que pretendía era ser Alcalde?
2.    Señor Clavijo y resto de miembros del Pleno.
En la Coordinadora por la Salud y la protección de la Sierra de Coín nos hemos informado acerca de los perjuicios para la salud del polvo de las canteras. Investigando hemos dado con el Atlas Municipal de Mortalidad por Cáncer en España”, publicado por el Instituto de Salud Carlos III, del Ministerio de Sanidad y Consumo, en que el mapa de mortandad femenino revela claramente las zonas de concentración de mortandad por cáncer de pulmón “ajenas al hábito de fumar” en España, destacando así “el posible efecto de exposiciones ambientales”. Es curiosísimo comprobar que estas zonas son muy pocas y muy localizadas. El propio informe las detalla y sugiere algunas explicaciones relacionadas con la contaminación industrial para la mayor parte de ellas. Sin embargo, no sugiere ninguna explicación para la incidencia anormalmente elevada en nuestro entorno más cercano, en comparación con otras zonas mucho más pobladas e industrializadas de España. Si se analiza el mapa con detalle a este nivel, se aprecia con claridad que en el entorno más cercano no hay focos de contaminación industrial, a no ser que sea el polvo de las canteras, tanto de Alhaurín de la Torre como de Coín, donde tenemos una de las mayores explotaciones mineras a cielo abierto de toda España, el que esté provocando esta mayor incidencia de cáncer de pulmón no ligado al tabaquismo. Por todo esto, por nuestra salud y la de nuestros vecinos y vecinas, le solicitamos que se retracte en su solicitud de prevalencia minera sobre la forestal, y por ende de la ampliación de la cantera, así como de la renovación del convenio con la empresa Prodomasa, hasta que no quede claro si la anormal incidencia de cáncer de pulmón no ligada al tabaquismo tiene algo que ver con el polvo de las canteras. Le rogamos pues, que prime el principio de prudencia sobre otros principios no tan claros.
Respecto a este mismo punto le rogamos que informe al pueblo de Coín de los niveles de polvo que emite la Cantera de los Dolomíticos y las del resto del término municipal, para corroborar o no lo que a simple vista es muy evidente; la nube de polvo que cubre continuamente la zona de las canteras.
3.    Finalmente,
le rogamos que, debido a la importancia del asunto, haga llegar a todos los colectivos inscritos en el Registro de Asociaciones Coineñas, una copia del expediente completo.
de 2En Coín, a 10 de febrero 011



En COIN a 14 de noviembre de 2010


Consejería de Medio Ambiente


D. GUILLERMO ÁLVAREZ MARTÍN,  con DNI: 24.851.599-F, con domicilio a efectos de notificaciones en Urb: Los Montecillos, C\Vistas del Guadalhorce nº44, 29100 Coín (Málaga); D.RODRIGO GALLERO GALVAN,  con DNI: 25.042.732-F, y domicilio en Urb: Miravalle C\José Barroso Nº13, 29100 Coín (Málaga);  y D. JOSE ANTONIO TORRES JIMENEZ  con DNI:27.386.880-K y domicilio en Partido los Alberos S/N, Apartado de Correos 133, 29100 Coín (Málaga), todos mayores de edad, en representación de un variado colectivo de ciudadanos del municipio domiciliado, actuando en nombre propio , con los domicilios que señalo a efectos de notificaciones, conforme al artículo 70.1, apartado a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, rogando se notifique conforme a lo dicho en el artículo 33 de la citada Ley de Procedimiento, comparece y como mejor proceda en derecho

EXPONE

Que en virtud de este escrito, al amparo de artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, interpone, en tiempo y forma, recurso de REPOSICION contra la resolución, ACUERDO de 28 de septiembre de 2010, del CONSEJO DE GOBIERNO, por el que se declara prevalente la utilidad pública minera sobre el uso forestal de una superficie de 70,32 ha, perteneciente al monte público <La Sierra> (MA- 30020-AY), número. 16 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Málaga, del término y propios del Ayuntamiento de Coín (Málaga), para el desarrollo de actividad minera (BOJA núm 202, de 15 de octubre de 2010) [Adjuntamos copia del ACUERDO como Documento Nº1], cosa que realizamos, como mejor procedente sea en derecho, al amparo de los siguientes hechos y fundamentos de derecho.


HECHOS

Motivos Formales.

En primer lugar, cabe indicar que respecto al expediente de Prevalencia del Interés Minero sobre el Forestal, de los terrenos públicos denominados "LA SIERRA", situados donde actualmente la empresa denominada PRODUCTOS DOLOMÍTICOS DE MÁLAGA, S.A desarrolla su actividad, y de la que se solicita el cambio de calificación jurídica de los terrenos indicados en el acuerdo que se recurre (Código MA-30020-AY y número 16 del Catálogo de Utilidad
Pública), esta parte entiende que HA DE SER EL PLENO el que en convocatoria pública Acuerde (si es esta su voluntad, tras votación) la procedencia del interés para el Municipio de Coín del cambio de la calificación jurídica de los terrenos, además de ser éste el Órgano que tiene las atribuciones respecto a los terrenos a tenor de lo dicho en el Artículo 22 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Motivos de Hecho

En segundo lugar, son notorios los hechos de que la extensión de la superficie explotada por "PRODOMASA", después de 37 años desde la concesión de 1973, esta concretada en un total de aproximadamente 5 hectáreas, pretendiéndose en este expediente la ampliación a mas de 70 hectárea más. Entendiéndola estos interesados además de un amplio sector de la población, desproporcionada, desmesurada, al concedérsele dicha extensión adquiriría prácticamente un carácter monopolístico en el sector y mucho mas en ámbito local,  dicho sea con los respetos debidos, y en el plano objetivo de ser más de 10 veces la porción de los terrenos explotados desde el inicio de la concesión. De esta forma, se denegará la posibilidad de que futuras corporaciones y por consiguiente futuros ciudadanos/as del pueblo de Coín pueden manifestarse a favor o en contra de dicha explotación, con lo que se dejaría toda la iniciativa y abierta todas las vías a la continuación de la explotación por parte de la empresa, quedando el interés público afectado o en inferioridad de condiciones respecto a los derechos de la empresa de Dolomía.

Como tercero y último, en todo el expediente no se menciona en absoluto nada sobre la transformación, con la plusvalía que dicha transformación originaría en el caso de llevarse a cabo, lo que actualmente no ocurre, limitándose a actividades meramente extractivas de la dolomía en el municipio de Coín, reiterando esta parte que en la actual coyuntura económica es de capital importancia sostener los recursos económicos en post de el interés público preponderante, y es por tanto imprescindible que exista un estudio sobre la posibilidad de la manufactura del recurso que se encuentra en los terrenos de "La Sierra". Los que suscriben el  presente recurso, además de un gran sector de la población coina, "ENTIENDEN QUE LA DOLOMIA DEBE SEVIR PARA EL DESARROLLO Y EL ENRIQUECIMIENTO DE NUESTRO PUEBLO, (ADEMAS DEL MANTENIMIENTO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO TANTO DIRECTOS, como INDIRECTOS), NO SE HABLA NADA DE LA TRANSFORMACIÓN DE LA DOLOMIA EN COIN,como se ha dicho anteriormente, POR LO QUE ENTENDEMOS QUE ESTE MATERIAL UNICO EN NUESTRA MONTAÑA PODRIA SERVIR PARA EL CAMBIO DEL MODELO PRODUCTIVO, Y AÑADIR EL I+D A LA ECONOMIA DE NUESTRA DEPRIMIDA COMARCA Y LOCALIDAD".

POR TODO ELLO, entendemos que no puede entenderse cumplido el trámite de MANIFESTACIÓN del Ayuntamiento y conformidad, que ha de realizarse imprescindiblemente a través del Pleno, como órgano soberano y supremo de la administración local.

II RAZONAMIENTOS JURIDICOS.



PRIMERO.- Respecto a la superficie afectada, (70 Ha), cabe indicar que la misma supone un interés económico tanto ecológico, como productivo incalculable, y es por ello que a raíz de la normativa en vigor pasaría con creces las competencias de vs el Alcalde de Coín. (La explotación de dichos terrenos supondría unas cuantías muy superiores al 10% del Presupuesto Municipal, verbi gracia).

Respecto a lo enunciado en la Ley 7/1985 de 2 de abril, artículo 22 y concordantes, los cambios de calificación jurídica han de ser suscritos por el Pleno, y por tanto no puede a efectos del acuerdo resuelto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, tenerse por realizado.

Es un trámite imprescindible, cualificado y por tanto afecta a la existencia del Acuerdo del Consejo, en si mismo, además de a la formación de voluntad de dicho órgano colegiado.


SEGUNDO.- No cabe duda de que se dan los motivos de nulidad del artículo 62 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Tanto respecto a lo dicho en el mismo en su primer apartado, y en concreto por que se están vulnerando sistemáticamente además de lesionar derechos susceptibles de amparo constitucional, como es el interés público y social, el medio ambiente, la sostenibilidad y la salud entre otros...

Por otro lado entendemos de que lo suscrito por el órgano unipersonal no puede suponer la manifestación formal-legal de la administración local, por no tener legitimación jurídica ni desde el punto de vista económico (por superar en cuantía las atribuciones dadas a vs el Alcalde, por la legislación), y por ser el pleno el órgano colegiado competente para dictar la manifestación de conformidad única posible en el presente procedimiento por lo contemplarlo de esta forma la legislación. Vulnerándose por tanto lo dicho en el precepto referenciado respecto a los actos "dictados por órgano manifiestamente incompetente....Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados....".

Por ello, no se puede tener por realizado lo dicho por el artículo 58.3 del Decreto 208/1997 de 9 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento Forestal.

En atención a los preceptos citados y demás de pertinente y general aplicación,




SUPLICA.-

Que órgano administrativo al que se dirige el presente recurso, lo tenga por presentado, y dentro de plazo conforme al art 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (LRJAPAC), lo admita junto con sus copias y documentos y nos tenga por parte en el presente recurso por el que solicitamos:

1º)Se ANULE el Acuerdo de fecha 28 de septiembre de 2010, del CONSEJO DE GOBIERNO, por el que se declara prevalente la utilidad pública minera sobre el uso forestal de una superficie de 70,32 ha, perteneciente al monte público <La Sierra> (MA- 30020-AY), número. 16 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Málaga, del término y propios del Ayuntamiento de Coín (Málaga), para el desarrollo de actividad minera (BOJA núm 202, de 15 de octubre de 2010), por tratarse de un acto realizado prescindiéndose del procedimiento legalmente establecido, al no contar con la voluntad expresa del Excmo Ayuntamiento de Coín, a través del órgano colegiado competente, es decir EL PLENO del ente local.

Por vulnerarse (dados como motivos de fondo) derechos susceptibles de amparo constitucional, esto es,  el interés público de manera manifiesta, al concederse el cambio de calificación jurídica e interés minero preponderante, a 70 hectáreas, siendo sobremanera excesiva la superficie concedida, y lesiva al interés social, medio ambiental, y sobretodo socio-económico del municipio.

O subsidiariamente,

2º) REVOQUE el acto hasta la manifestación formal del Pleno de la Administración Local, de conformidad con los razonamiento jurídicos aducidos.

OTROSI DIGO

Esta parte solicita que se declare, mientras no sea resuelto el presente recurso, la SUSPENSIÓN DE OFICIO del acuerdo recurrido, por entender que es ex lege aplicable el artículo 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo, además de que dicha suspensión deberá ser publicada, al afectar la misma a una pluralidad indeterminada de personas (apartado 5º del citado precepto).
Esta petición expresamente señalamos, se solicita de oficio y no como medida cautelar, por entender que la aplicación del acuerdo afectaría al interés público, y a los ciudadanos del municipio de Coín.

SEGUNDO OTROSI DIGO

Que a esta parte solicita, conforme a la legislación vigente, que se nos tenga por personado en el procedimiento, se nos de vista y copia de todo lo actuado y se estime el trámite imprescindible de AUDIENCIA (art 112 LRJAPAC) de los presentes interesados.

En COIN a 14 de noviembre de 2010

Firmado
D. GUILLERMO ÁLVAREZ MARTÍN
D.RODRIGO GALLERO GALVAN
D. JOSE ANTONIO TORRES JIMENEZ




viernes 12 de junio de 2009
LA DOLOMIA SE TRANSFORMARA EN COIN
Coín podría contar en el futuro con un gran parque industrial donde se asentarían empresas que explotarían la piedra dolomía que actualmente se saca de la cantera situada en el paraje de La Albuqueria desde hace décadas.
Las administraciones ya han empezado a dar los primeros pasos para hacer realidad un proyecto que evitaría que se tuviera que exportar la mayor parte de ese valioso material a compañías extranjeras, tal y como sucede ahora.
Este es uno de las diez parques empresariales que la Junta de Andalucía ha incluido como áreas de oportunidad dentro del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga (POT). En concreto, dicho plan reserva para este proyecto 120 hectáreas que ahora están calificadas como suelo no urbanizable.




 El alcalde, Gabriel Clavijo, explicó que el futuro polígono serviría para explotar en Coín un tipo de roca que tiene multitud de aplicaciones ya que, según aseguró, se usa para fabricar porcelana, cristal y hasta aspirinas.«Transformándola aquí, se crearía un valor añadido y una riqueza que ahora se va fuera», declaró el regidor, quien comparó la iniciativa con la que se puso en marcha en su día en Macael (Almería) en torno al mármol.
Clavijo agregó que el parque se proyecta a apenas cuatro kilómetros de la cantera, que explota la empresa Cantero y Garrido S. A. desde 1984. Cabe recordar que a finales del año pasado la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta autorizó la ampliación de la citada cantera en 3,2 hectáreas más.
Proyectos del POT
El desarrollo del polígono queda condicionado a que se mejoren las comunicaciones con la autovía del Guadalhorce y a la llegada de un corredor ferroviario de mercancías.